La Coalición Argentina por un Estado Laico
(CAEL) presentó hoy un pedido de información
pública ante la AFIP con el objetivo de aclarar la
información que trascendió a la prensa sobre un
presunto trato preferencial en la adquisición de
divisas a quienes viajen a Brasil en ocasión de la
visita del ex cardenal Jorge Bergoglio.
Como se explica en la presentación, la
jurisprudencia nacional e internacional en materia
de protección contra la discriminación es clara en
cuanto a que con excepción de las acciones
positivas hacia grupos históricamente vulnerados o
perseguidos los
actos públicos que establecen un trato distintivo
para cierto grupo en función de determinadas
«categorías sospechosas» se presumen ilegítimos y sólo
pueden justificarse excepcionalmente ante la
existencia de un interés estatal legítimo y
preponderante, la proporcionalidad y relación
directa entre los medios y los fines que se busca
alcanzar y la imposibilidad de lograr el mismo
efecto mediante alternativas menos lesivas.
En este sentido, la información recogida por
diversos medios periodísticosindicaría un trato
preferencial de la AFIP hacia cierto grupo de
personas bajo pretexto de sus convicciones
religiosas, beneficio que por cierto estaría
dirigido no hacia sectores históricamente vulnerados
en cuyo caso tal disposición podría entenderse como
una medida de acción positiva sino precisamente hacia un
grupo religioso que de por sí goza de una gran
cantidad de privilegiospor parte del Estado
Argentino como ha sido explicado en reiteradas
ocasiones por CAEL (para más información visitar este
vínculo).
Desde ya, desde
CAEL vamos a seguir el caso para determinar si
existe un trato discriminatorio y, por lo
tanto, contrario a los principios republicanos de
nuestra nación y una vulneración al estado laico,
con el fin de evaluar los pasos a seguir. Por ese
motivo estamos
requiriendo información oficial al respecto. Si existiera
verdaderamente una decisión de habilitar la compra
de divisas en estos casos, debería
encuadrarse en una normativa más amplia respecto de
la compra de divisas para viajes con motivo de
eventos religiosos, políticos, académicos o sociales que no
establezca distinciones arbitrarias ni otorgue
beneficios a sectores de por sí históricamente
privilegiados por el avance clerical sobre la
legislación.
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