Comunicado.
El magistrado tucumano cometió un grave acto discriminatorio e injuriante hacia las mujeres en declaraciones públicas
La Federación Argentina de lesbianas, gays, bisexuales y trans expresa su más enérgico repudio a las expresiones del Dr. Mario René Goane, vocal de la Corte Suprema de Justicia de la provincia de Tucumán quien ha considerado que la justicia tucumana "trabaja menos tiempo debido al ingreso de mujeres en tribunales" ya que éstas "instalaron una cultura de trabajo de mediodía."
Al respecto Esteban Paulón, Presidente de la FALGBT expresó ”los dichos de Goane constituyen una grave ofensa a las mujeres pero también a la sociedad toda, y al tiempo son una grave discriminación e injuria que nos ofende como ciudadanas y ciudadanos.Pero lo que añade gravedad al hecho es la condición de alto magistrado del Dr. Goane y la refierencia grosera hacia sus propias colegas del Poder Judicial."
En el mismo sentido Paulón agregó "es indispensable que se apliquen las sanciones correspondientes y de ser necesario se remueva del cargo al Dr. Goane quien a partir de sus declaraciones ha demostrado no estar apto para desempeñar el cargo con que fuera investido."
Para finalizar agregó "acompañamos y apoyamos las acciones llevadas adelante por todas las organizaciones que trabajan por la igualdad de las mujeres, y hacemos propio el reclamo y el repudio a unos dichos que desconocen el ordenamiento jurídico argentino, el rango constitucional de la convención de la CEDAW y la voluntad de nuestra sociedad de avanzar hacia una realidad más justa e igualitaria."
viernes, 3 de junio de 2011
Chile: Se comenzó a debatir el Matrimonio Igualitario
Por *Rolando Jiménez.
Quienes luchamos por la igualdad legal para todas las parejas no estamos demandando en términos estrictos el “matrimonio homosexual”. Estamos exigiendo que el matrimonio, al ser una ley de la República, termine de ser un privilegio para algunos, los heterosexuales, y pase a ser un derecho de todas y todos.
En otras palabras, no perseguimos que el matrimonio sea heterosexual u homosexual, sino que sólo matrimonio, lo que hace honor al derecho humano básico y principio constitucional de igualdad ante la ley.
Sin embargo, hay decenas de opiniones para oponerse al matrimonio entre personas del mismo sexo, ninguna de los cuales ha logrado tener nunca una argumentación racional, ni menos pruebas concretas que las sustenten. Las opiniones opositoras de la igualdad o provienen de la religión, lo que nada debe importar a la legislación de un Estado laico, o de la ignorancia, el prejuicio o simplemente la homofobia o la transfobia.
Recientemente los senadores Andrés Chadwick y Pablo Longueira presentaron un fallido proyecto de ley para dar rango constitucional a la desigualdad, lo que pasaba porque en la Carta Magna se consagrara al matrimonio sólo para la relación hombre-mujer. Este proyecto, a diferencia de otros que han apuntado al mismo fin, no se hizo eco, sin embargo, de argumentaciones religiosas. Explícitamente indicó que su argumentación nada tenía que ver con ello, clara respuesta a las quejas del movimiento chileno de la diversidad sexual en torno a la necesidad de respetar el Estado laico.
El proyecto de Chadwick y Longueira se argumentó en la tradición. Dijeron que en que Chile nunca ha existido el matrimonio homosexual, que siempre fue heterosexual y que así lo definió Andrés Bello en 1855. Pues bien, tampoco este es un argumento sensato, porque las leyes no son estáticas, se pueden cambiar. De ser esa la lógica, las mujeres aún no podrían votar, ni tampoco tendríamos ley de divorcio.
En Argentina, que dio un ejemplo al mundo al aprobar el matrimonio igualitario (no el matrimonio homosexual), fue justamente la razón la que imperó en el debate, en honor a la justicia social, la no discriminación y el respeto integral a los derechos humanos.
Al respecto, la Federación Argentina de Lesbianas, Gays, Bisexuales y Transexuales (FALGBT), el organismo social impulsor del histórico cambio, elaboró un documento que tuvo la inteligencia de sistematizar las respuestas dadas por activistas en todo el mundo a favor de la igualdad.
Se trata del texto “Matrimonio para todas y todos. Ley de Igualdad: aportes para el debate”, lanzado en un momento más que oportuno: poco antes de la aprobación de la norma y en el contexto más álgido de la discusión parlamentaria.
En el texto se dio respuesta a diversos “argumentos falsos” contra el matrimonio entre personas del mismo sexo, destacando los siguientes:
1.- “La homosexualidad no es natural, no es normal”, pues bien la homosexualidad ha existido siempre, se da en muchas especies y lo minoritario no es sinónimo de anormal. Ejemplos, nuestras propias etnias.
2.-“El matrimonio proviene de la naturaleza; el matrimonio homosexual no es natural”, pues bien tanto el matrimonio homosexual, como el heterosexual no son naturales, son una invención de hombres y mujeres para formalizar su unión. Si fuese natural, los animales también se casarían.
3.-“El matrimonio homosexual va a destruir la familia”. No hay ninguna prueba científica ni tampoco basada en la experiencia demostrativa de que el matrimonio entre personas del mismo sexo destruya a la familia. Por el contrario da un piso de estabilidad jurídica a más familias. Nadie nunca ha dicho como el matrimonio homosexual, afectaría las relaciones o las familias heterosexuales. “Ese es justamente el mismo argumento que usaba la Iglesia católica contra la ley de matrimonio civil y contra el divorcio”.
4.- ”Si todos fuéramos homosexuales, se extinguiría la especie”. En el mundo nunca habrá sólo homosexuales, ni tampoco sólo heterosexuales.
5.- ”El matrimonio siempre ha sido entre varones y mujeres”. Pues bien, “en la antigua Roma, el matrimonio —que era un contrato privado celebrado entre particulares— podía realizarse también entre personas del mismo sexo, pero en el año 342 d.C. ello fue prohibido por el Imperio, en consonancia con la adopción del cristianismo como religión estatal”. De hecho, en ese año al asumirse el cristianismo toda conducta sexual que tuviera por fin la procreación pasó a ser considerada arbitrariamente como un pecado, incluido el sexo oral o anal entre heterosexuales.
5.-«Hay temas mucho más importantes, como la educación, la salud, la seguridad. ¿Por qué los legisladores no se ocupan de esos temas en vez de debatir el matrimonio entre personas del mismo sexo?» Siempre habrá temas que para distintas personas u organizaciones son más importantes que otros, pero ello en nada justifica, que el Estado no garantice la igualdad y el respeto a los derechos humanos de todas las personas. Por otro lado, el debate legislativo sobre el matrimonio homosexual, en ningún caso implicará despreocuparse de otras realidades o situaciones.
6.-“Si legalizan el matrimonio entre personas del mismo sexo, ¿por qué no puedo casarme con mi perro?”, este argumento no pasa a ser una prueba más de lo absurdo de las argumentaciones, que en este caso además humillan y ofenden a un grupo de seres humanos.
Ahora bien, si alguien quiere insistir en algunos de los argumentos arriba expuestos para oponerse al matrimonio entre personas del mismo sexo, lo justo es que ahora para dar altura de miras del debate pase de la simple opinión a la demostración de lo que se plantea. Bienvenida será cualquier prueba que se dé al respecto.
En otras palabras, no perseguimos que el matrimonio sea heterosexual u homosexual, sino que sólo matrimonio, lo que hace honor al derecho humano básico y principio constitucional de igualdad ante la ley.
Sin embargo, hay decenas de opiniones para oponerse al matrimonio entre personas del mismo sexo, ninguna de los cuales ha logrado tener nunca una argumentación racional, ni menos pruebas concretas que las sustenten. Las opiniones opositoras de la igualdad o provienen de la religión, lo que nada debe importar a la legislación de un Estado laico, o de la ignorancia, el prejuicio o simplemente la homofobia o la transfobia.
Recientemente los senadores Andrés Chadwick y Pablo Longueira presentaron un fallido proyecto de ley para dar rango constitucional a la desigualdad, lo que pasaba porque en la Carta Magna se consagrara al matrimonio sólo para la relación hombre-mujer. Este proyecto, a diferencia de otros que han apuntado al mismo fin, no se hizo eco, sin embargo, de argumentaciones religiosas. Explícitamente indicó que su argumentación nada tenía que ver con ello, clara respuesta a las quejas del movimiento chileno de la diversidad sexual en torno a la necesidad de respetar el Estado laico.
El proyecto de Chadwick y Longueira se argumentó en la tradición. Dijeron que en que Chile nunca ha existido el matrimonio homosexual, que siempre fue heterosexual y que así lo definió Andrés Bello en 1855. Pues bien, tampoco este es un argumento sensato, porque las leyes no son estáticas, se pueden cambiar. De ser esa la lógica, las mujeres aún no podrían votar, ni tampoco tendríamos ley de divorcio.
En Argentina, que dio un ejemplo al mundo al aprobar el matrimonio igualitario (no el matrimonio homosexual), fue justamente la razón la que imperó en el debate, en honor a la justicia social, la no discriminación y el respeto integral a los derechos humanos.
Al respecto, la Federación Argentina de Lesbianas, Gays, Bisexuales y Transexuales (FALGBT), el organismo social impulsor del histórico cambio, elaboró un documento que tuvo la inteligencia de sistematizar las respuestas dadas por activistas en todo el mundo a favor de la igualdad.
Se trata del texto “Matrimonio para todas y todos. Ley de Igualdad: aportes para el debate”, lanzado en un momento más que oportuno: poco antes de la aprobación de la norma y en el contexto más álgido de la discusión parlamentaria.
En el texto se dio respuesta a diversos “argumentos falsos” contra el matrimonio entre personas del mismo sexo, destacando los siguientes:
1.- “La homosexualidad no es natural, no es normal”, pues bien la homosexualidad ha existido siempre, se da en muchas especies y lo minoritario no es sinónimo de anormal. Ejemplos, nuestras propias etnias.
2.-“El matrimonio proviene de la naturaleza; el matrimonio homosexual no es natural”, pues bien tanto el matrimonio homosexual, como el heterosexual no son naturales, son una invención de hombres y mujeres para formalizar su unión. Si fuese natural, los animales también se casarían.
3.-“El matrimonio homosexual va a destruir la familia”. No hay ninguna prueba científica ni tampoco basada en la experiencia demostrativa de que el matrimonio entre personas del mismo sexo destruya a la familia. Por el contrario da un piso de estabilidad jurídica a más familias. Nadie nunca ha dicho como el matrimonio homosexual, afectaría las relaciones o las familias heterosexuales. “Ese es justamente el mismo argumento que usaba la Iglesia católica contra la ley de matrimonio civil y contra el divorcio”.
4.- ”Si todos fuéramos homosexuales, se extinguiría la especie”. En el mundo nunca habrá sólo homosexuales, ni tampoco sólo heterosexuales.
5.- ”El matrimonio siempre ha sido entre varones y mujeres”. Pues bien, “en la antigua Roma, el matrimonio —que era un contrato privado celebrado entre particulares— podía realizarse también entre personas del mismo sexo, pero en el año 342 d.C. ello fue prohibido por el Imperio, en consonancia con la adopción del cristianismo como religión estatal”. De hecho, en ese año al asumirse el cristianismo toda conducta sexual que tuviera por fin la procreación pasó a ser considerada arbitrariamente como un pecado, incluido el sexo oral o anal entre heterosexuales.
5.-«Hay temas mucho más importantes, como la educación, la salud, la seguridad. ¿Por qué los legisladores no se ocupan de esos temas en vez de debatir el matrimonio entre personas del mismo sexo?» Siempre habrá temas que para distintas personas u organizaciones son más importantes que otros, pero ello en nada justifica, que el Estado no garantice la igualdad y el respeto a los derechos humanos de todas las personas. Por otro lado, el debate legislativo sobre el matrimonio homosexual, en ningún caso implicará despreocuparse de otras realidades o situaciones.
6.-“Si legalizan el matrimonio entre personas del mismo sexo, ¿por qué no puedo casarme con mi perro?”, este argumento no pasa a ser una prueba más de lo absurdo de las argumentaciones, que en este caso además humillan y ofenden a un grupo de seres humanos.
Ahora bien, si alguien quiere insistir en algunos de los argumentos arriba expuestos para oponerse al matrimonio entre personas del mismo sexo, lo justo es que ahora para dar altura de miras del debate pase de la simple opinión a la demostración de lo que se plantea. Bienvenida será cualquier prueba que se dé al respecto.
*Rolando Jiménez es presidente del Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh) y director de la Asociación Chilena de Organismos no Gubernamentales ACCION.
También es coordinador en Chile de la Red de Minorías Sexuales del Mercosur y de la Federación Chilena de la Diversidad Sexual (Fedisech), además de integrar la Red de Libertades Laicas y la Red contra el Abuso de Poder.
En su calidad de dirigente social, trabajo que ha sido destacado por el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), se desempeña también como profesor del diplomado "Sexualidad Humana", organizado por el Centro de Estudios del Cambio y el Centro de Estudios de la Sexualidad-Chile.
El trabajo se Jiménez se ha caracterizado por el desarrollo periódico de campañas ciudadanas, estudios y acciones de incidencia política y social en los tres poderes del Estado para prevenir y enfrentar todo tipo de discriminación y/o violación a los derechos humanos, así como para combatir el consumo abusivo de drogas .
Durante la Dictadura, el dirigente desarrolló una activa labor política de base cuyo fin era la recuperación de la democracia.
También es coordinador en Chile de la Red de Minorías Sexuales del Mercosur y de la Federación Chilena de la Diversidad Sexual (Fedisech), además de integrar la Red de Libertades Laicas y la Red contra el Abuso de Poder.
En su calidad de dirigente social, trabajo que ha sido destacado por el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), se desempeña también como profesor del diplomado "Sexualidad Humana", organizado por el Centro de Estudios del Cambio y el Centro de Estudios de la Sexualidad-Chile.
El trabajo se Jiménez se ha caracterizado por el desarrollo periódico de campañas ciudadanas, estudios y acciones de incidencia política y social en los tres poderes del Estado para prevenir y enfrentar todo tipo de discriminación y/o violación a los derechos humanos, así como para combatir el consumo abusivo de drogas .
Durante la Dictadura, el dirigente desarrolló una activa labor política de base cuyo fin era la recuperación de la democracia.
Campaña de recolección de firmas para las y los líderes que participarán en la próxima reunión de Organización de los Estados Americanos (OEA).
NO SOMOS PERSONAS PELIGROSAS, ESTAMOS EN PELIGRO
Hay una tendencia alarmante al aumento de la violencia e intimidación hacia las personas transgénero y otras minorías sexuales en Latinoamérica y el Caribe. Entre enero y junio de 2010 solamente, los medios reportaron 93 asesinatos a personas transgénero alrededor del mundo. Ocho de cada diez de estos asesinatos (74 casos) tuvieron lugar en la región.
La Organización de los Estados Americanos (OEA) ha aprobado tres resoluciones sobre Derechos Humanos, Orientación Sexual, e Identidad de Género. La Asamblea General de la OEA se reunirá del 5 al 7 de junio con el tema “Seguridad Ciudadana en las Américas”, ocasión especial para que estos compromisos se transformen en protección efectiva para las personas transgénero y otras minorías sexuales.
RESUMEN PARA LA CAMPAÑA
Escriba a los representantes de los estados de Latinoamérica y el Caribe ante la OEA, instándolos a poner en práctica los compromisos de la OEA e investigar los actos de violencia, abuso y asesinatos sufridos por la comunidad transgénero y otras minorías sexuales en la región. Por favor pídales que entreguen a los presuntos autores a la justicia y que pongan en práctica medidas efectivas de protección de la comunidad transgénero y otras minorías sexuales.
Únase al llamado a la acción de WWW.REDLACTRANS.ORG.AR la Red Latinoamericana y del Caribe de Personas Transgénero.
¡Difúndalo! Cuénteles a sus amigos y colegas reenviándoles este Llamado a la Acción.
Para dejar su firma al petitorio visite: http://www.whatspreventingprevention.org/proteger-a-las-personas-transgenero/
Hay una tendencia alarmante al aumento de la violencia e intimidación hacia las personas transgénero y otras minorías sexuales en Latinoamérica y el Caribe. Entre enero y junio de 2010 solamente, los medios reportaron 93 asesinatos a personas transgénero alrededor del mundo. Ocho de cada diez de estos asesinatos (74 casos) tuvieron lugar en la región.
La Organización de los Estados Americanos (OEA) ha aprobado tres resoluciones sobre Derechos Humanos, Orientación Sexual, e Identidad de Género. La Asamblea General de la OEA se reunirá del 5 al 7 de junio con el tema “Seguridad Ciudadana en las Américas”, ocasión especial para que estos compromisos se transformen en protección efectiva para las personas transgénero y otras minorías sexuales.
RESUMEN PARA LA CAMPAÑA
Escriba a los representantes de los estados de Latinoamérica y el Caribe ante la OEA, instándolos a poner en práctica los compromisos de la OEA e investigar los actos de violencia, abuso y asesinatos sufridos por la comunidad transgénero y otras minorías sexuales en la región. Por favor pídales que entreguen a los presuntos autores a la justicia y que pongan en práctica medidas efectivas de protección de la comunidad transgénero y otras minorías sexuales.
Únase al llamado a la acción de WWW.REDLACTRANS.ORG.AR la Red Latinoamericana y del Caribe de Personas Transgénero.
¡Difúndalo! Cuénteles a sus amigos y colegas reenviándoles este Llamado a la Acción.
Para dejar su firma al petitorio visite: http://www.whatspreventingprevention.org/proteger-a-las-personas-transgenero/
Un fallo de la Justicia porteña reconoció como madres de un niño a dos lesbianas no casadas
Por Mariana Carbajal para Página 12
Madres, dijeron la partera y una jueza.
La jueza Liberatori ordenó que dos mujeres lesbianas, que conviven hace una década, sean inscriptas como madres en la partida de nacimiento del bebé que dio a luz una de ellas con un óvulo de la otra. En la Ciudad aún no cumplieron con la orden judicial.
Marisa y Pilar lograron que la Justicia las reconociera a las dos como madres de Martín.
En una resolución inédita, la Justicia porteña reconoció la comaternidad de dos mamás lesbianas a pesar de que no están casadas. Así, la jueza Elena Liberatori, del fuero Contencioso Administrativo, hizo lugar a un recurso de amparo presentado por Marisa Pascal y Pilar Cabrera, quienes conviven hace más de una década y tuvieron a su hijo Martín el 10 de marzo. Marisa llevó el embarazo. El bebé fue concebido a partir de un óvulo donado por Pilar, fecundado “in vitro” con semen de un banco de esperma. En la oficina del Registro Civil del Hospital Santojanni, donde nació Martín, no les permitieron que Pilar figurara también como madre. El niño fue inscripto como hijo de Marisa y quedó asentado que ella era una madre soltera.
El fallo de la magistrada ordenó la rectificación de la partida de nacimiento para que figure también Pilar como madre, aunque la pareja no contrajo matrimonio igualitario– “en virtud del natural reconocimiento que exige como su ovo madre, reconociendo así su realidad familiar”. Pero a pesar de que la sentencia fue dictada hace poco más de un mes, la ciudad de Buenos Aires todavía no accedió a realizar los cambios ordenados.
Liberatori, titular del Juzgado en lo Contencioso Administrativo y Tributario Nº 4 de la Ciudad, calificó en su resolución como “una verdadera violencia institucional”, con “gran impacto emocional” en la “psiquis” de Pilar, el hecho de que no pueda figurar en la partida de nacimiento de su hijo como una de sus madres.
“Es un fallo muy importante y sentará un precedente, ya que avanza mucho más allá que la Ley de Matrimonio Igualitario al reconocer el derecho de comaternidad en base a la voluntad procreacional de las mamás y no a partir del matrimonio igualitario”, destacó a Página/12 Esteban Paulón, presidente de la Federación Argentina de Lesbianas, Gays, Transexuales y Bisexuales (Flgtb). La llamada “voluntad procreacional” es una doctrina que nació en el mundo a partir del uso de técnicas de reproducción humana asistida, que han dado lugar a nuevas clases de filiación. Esta doctrina, que en la Argentina ha sido desarrollada por el constitucionalista Andrés Gil Domínguez, sostiene que la identidad de la persona no surge únicamente del vínculo biológico.
Citando a Gil Domínguez, Liberatori señala que “la identidad del ser humano, en tanto éste constituye una unidad, presupone un complejo de elementos, una multiplicidad de carácter predominantemente espiritual, psicológico o somático, mientras otros son de diversa índole, ya sea cultural, religiosa, ideológica o política. Y estos elementos, obviamente, no se obtienen o heredan genéticamente, sino que se han formando a lo largo de la vida a raíz de distintas circunstancias, una de las cuales –diríamos fundamentales– es la familia que se integra; y ello sea que no exista con todos o algunos de sus miembros vínculo biológico alguno”.
La Falgtb acompañó jurídicamente a la pareja en su presentación judicial. Paulón indicó que el Registro Civil porteño todavía no accedió a realizar la nueva partida de nacimiento de Martín porque está esperando un dictamen de la Procuración General de la Ciudad, que todavía no se pronunció. “La sentencia le dio a la pareja de mujeres el mismo status jurídico de familia que a una pareja heterosexual en concubinato. Hasta ahora el reconocimiento de hijos se dio siempre dentro de matrimonios igualitarios”, explicó a este diario la abogada Flavia Massenzio, titular de la Secretaría Jurídica de la Falgtb. Massenzio patrocinó el caso. Es, además, asesora legal de La Fulana, entidad que congrega a mujeres bisexuales y lesbianas.
La pareja, que vive en Lomas del Mirador, partido de La Matanza, presentó el recurso de amparo al considerar que el hecho de dejar fuera de la partida de nacimiento de Martín a una de sus mamás “representa una nueva vulneración al derecho a la igualdad de trato y a la protección de la familia, ambos de raigambre constitucional. Y ha sido tomada soslayando que el cambio que generó la ley de matrimonio civil igualitario alcanza a todas las instituciones del derecho de familia”.
En diálogo con Página/12, Marisa recordó que en la oficina del Registro Civil que funciona en el Santojanni “me obligaron a anotar a Martín como hijo de madre soltera”. “Yo lloraba y les decía que Pilar, que estaba a mi lado, era también la mamá.” Del otro lado del teléfono se escucha lloriquear al bebé, que el martes cumplió dos meses. “Si en vez de ser una pareja conformada por dos mujeres, fuéramos una pareja heterosexual, Martín hoy llevaría el apellido del hombre, sólo bastaría con su declaración ante el oficial del Registro Civil; igual al caso de una pareja conviviente heterosexual que toma la decisión de someterse a un tratamiento de fertilización asistida con semen de un donante anónimo. Recurrimos a la Justicia porque queremos recibir el mismo trato. En la actualidad no supone un obstáculo para la pareja heterosexual que el hijo concebido con un donante de esperma anónimo sea reconocido como hijo por el cónyuge o conviviente de la madre, aunque es inexistente el vínculo biológico”, relató Marisa. Ellas, las madres, eligieron que Martín lleve primero el apellido Cabrera y luego Pascal. Así deberá quedar anotado en la nueva partida de nacimiento y el DNI.
Desde la Falgtb y otras organizaciones de la diversidad están esperando un decreto de necesidad y urgencia de la Presidenta que permita la inscripción “retroactiva” de las hijas e hijos de familias homoparentales, pero esa normativa no contemplaría la situación de los chicos de parejas de lesbianas o gays que no estén casadas. “Lo que hace este fallo es ampliar la ‘presunción de paternidad’ que se aplica a los padres en matrimonios y parejas convivientes heterosexuales”, agregó Paulón.
No es la primera vez que Marisa y Pilar se presentan ante la Justicia para reclamar “un trato igualitario” frente a parejas heterosexuales. A través de otro recurso de amparo consiguieron que la Obsba, la obra social de empleados del gobierno porteño a la que está afiliada Marisa, les cubra el tratamiento de fertilización asistida sin estar casadas ni unidas civilmente. El fallo, emitido a fines de 2009, también pertenece a la jueza Liberatori
Madres, dijeron la partera y una jueza.
La jueza Liberatori ordenó que dos mujeres lesbianas, que conviven hace una década, sean inscriptas como madres en la partida de nacimiento del bebé que dio a luz una de ellas con un óvulo de la otra. En la Ciudad aún no cumplieron con la orden judicial.
Marisa y Pilar lograron que la Justicia las reconociera a las dos como madres de Martín.
En una resolución inédita, la Justicia porteña reconoció la comaternidad de dos mamás lesbianas a pesar de que no están casadas. Así, la jueza Elena Liberatori, del fuero Contencioso Administrativo, hizo lugar a un recurso de amparo presentado por Marisa Pascal y Pilar Cabrera, quienes conviven hace más de una década y tuvieron a su hijo Martín el 10 de marzo. Marisa llevó el embarazo. El bebé fue concebido a partir de un óvulo donado por Pilar, fecundado “in vitro” con semen de un banco de esperma. En la oficina del Registro Civil del Hospital Santojanni, donde nació Martín, no les permitieron que Pilar figurara también como madre. El niño fue inscripto como hijo de Marisa y quedó asentado que ella era una madre soltera.
El fallo de la magistrada ordenó la rectificación de la partida de nacimiento para que figure también Pilar como madre, aunque la pareja no contrajo matrimonio igualitario– “en virtud del natural reconocimiento que exige como su ovo madre, reconociendo así su realidad familiar”. Pero a pesar de que la sentencia fue dictada hace poco más de un mes, la ciudad de Buenos Aires todavía no accedió a realizar los cambios ordenados.
Liberatori, titular del Juzgado en lo Contencioso Administrativo y Tributario Nº 4 de la Ciudad, calificó en su resolución como “una verdadera violencia institucional”, con “gran impacto emocional” en la “psiquis” de Pilar, el hecho de que no pueda figurar en la partida de nacimiento de su hijo como una de sus madres.
“Es un fallo muy importante y sentará un precedente, ya que avanza mucho más allá que la Ley de Matrimonio Igualitario al reconocer el derecho de comaternidad en base a la voluntad procreacional de las mamás y no a partir del matrimonio igualitario”, destacó a Página/12 Esteban Paulón, presidente de la Federación Argentina de Lesbianas, Gays, Transexuales y Bisexuales (Flgtb). La llamada “voluntad procreacional” es una doctrina que nació en el mundo a partir del uso de técnicas de reproducción humana asistida, que han dado lugar a nuevas clases de filiación. Esta doctrina, que en la Argentina ha sido desarrollada por el constitucionalista Andrés Gil Domínguez, sostiene que la identidad de la persona no surge únicamente del vínculo biológico.
Citando a Gil Domínguez, Liberatori señala que “la identidad del ser humano, en tanto éste constituye una unidad, presupone un complejo de elementos, una multiplicidad de carácter predominantemente espiritual, psicológico o somático, mientras otros son de diversa índole, ya sea cultural, religiosa, ideológica o política. Y estos elementos, obviamente, no se obtienen o heredan genéticamente, sino que se han formando a lo largo de la vida a raíz de distintas circunstancias, una de las cuales –diríamos fundamentales– es la familia que se integra; y ello sea que no exista con todos o algunos de sus miembros vínculo biológico alguno”.
La Falgtb acompañó jurídicamente a la pareja en su presentación judicial. Paulón indicó que el Registro Civil porteño todavía no accedió a realizar la nueva partida de nacimiento de Martín porque está esperando un dictamen de la Procuración General de la Ciudad, que todavía no se pronunció. “La sentencia le dio a la pareja de mujeres el mismo status jurídico de familia que a una pareja heterosexual en concubinato. Hasta ahora el reconocimiento de hijos se dio siempre dentro de matrimonios igualitarios”, explicó a este diario la abogada Flavia Massenzio, titular de la Secretaría Jurídica de la Falgtb. Massenzio patrocinó el caso. Es, además, asesora legal de La Fulana, entidad que congrega a mujeres bisexuales y lesbianas.
La pareja, que vive en Lomas del Mirador, partido de La Matanza, presentó el recurso de amparo al considerar que el hecho de dejar fuera de la partida de nacimiento de Martín a una de sus mamás “representa una nueva vulneración al derecho a la igualdad de trato y a la protección de la familia, ambos de raigambre constitucional. Y ha sido tomada soslayando que el cambio que generó la ley de matrimonio civil igualitario alcanza a todas las instituciones del derecho de familia”.
En diálogo con Página/12, Marisa recordó que en la oficina del Registro Civil que funciona en el Santojanni “me obligaron a anotar a Martín como hijo de madre soltera”. “Yo lloraba y les decía que Pilar, que estaba a mi lado, era también la mamá.” Del otro lado del teléfono se escucha lloriquear al bebé, que el martes cumplió dos meses. “Si en vez de ser una pareja conformada por dos mujeres, fuéramos una pareja heterosexual, Martín hoy llevaría el apellido del hombre, sólo bastaría con su declaración ante el oficial del Registro Civil; igual al caso de una pareja conviviente heterosexual que toma la decisión de someterse a un tratamiento de fertilización asistida con semen de un donante anónimo. Recurrimos a la Justicia porque queremos recibir el mismo trato. En la actualidad no supone un obstáculo para la pareja heterosexual que el hijo concebido con un donante de esperma anónimo sea reconocido como hijo por el cónyuge o conviviente de la madre, aunque es inexistente el vínculo biológico”, relató Marisa. Ellas, las madres, eligieron que Martín lleve primero el apellido Cabrera y luego Pascal. Así deberá quedar anotado en la nueva partida de nacimiento y el DNI.
Desde la Falgtb y otras organizaciones de la diversidad están esperando un decreto de necesidad y urgencia de la Presidenta que permita la inscripción “retroactiva” de las hijas e hijos de familias homoparentales, pero esa normativa no contemplaría la situación de los chicos de parejas de lesbianas o gays que no estén casadas. “Lo que hace este fallo es ampliar la ‘presunción de paternidad’ que se aplica a los padres en matrimonios y parejas convivientes heterosexuales”, agregó Paulón.
No es la primera vez que Marisa y Pilar se presentan ante la Justicia para reclamar “un trato igualitario” frente a parejas heterosexuales. A través de otro recurso de amparo consiguieron que la Obsba, la obra social de empleados del gobierno porteño a la que está afiliada Marisa, les cubra el tratamiento de fertilización asistida sin estar casadas ni unidas civilmente. El fallo, emitido a fines de 2009, también pertenece a la jueza Liberatori
RESPETO A LA IDENTIDAD DE GÉNERO APROBADA EN LA FACULTAD DE CIENCIAS MÉDICAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE ROSARIO
Comunicado.
El día 14 de abril de 2011, el Consejo Directivo de la Facultad de Ciencias Médicas de la UNR aprobó por unanimidad una declaración que establece que todas las dependencias académicas y administrativas de dicha Facultad deberán respetar la identidad de género adoptada o autopercibida de cualquier persona que estudie o trabaje en la misma.
Dicha declaración expresa que se arbitrarán las gestiones necesarias para que se haga constar en trámites internos, citaciones, memorandos, registros, listados, notas, constancias de asistencia, partes, entre otros, el nombre autopercibido o identitario del estudiante, trabajador docente o no docente que así lo requiera.
Asimismo las autoridades de la Facultad se comprometen a asesorar y colaborar con todos aquellos estudiantes o trabajadores de esta Casa de Altos Estudios en el trámite del cambio registral de su identidad.
Esta iniciativa fue presentada por el Programa Universitario de Diversidad Sexual de la UNR, el Área de Diversidad Sexual de la Municipalidad de Rosario y el Movimiento Nacional Reformista (Juventud Universitaria del Partido Socialista) de dicha Facultad.
Esta norma es la segunda en su tipo que logra avanzar sobre el derecho a la identidad de las personas trans en la provincia de Santa Fe y en el interior del país; favoreciendo la inclusión de las mismas en el ámbito universitario. La primera resolución fue en la Facultad de Ciencias Bioquímicas de la UNR en el mes de Diciembre de 2010.
Derecho a la identidad : La Justicia de Entre Ríos autorizó por primera vez un cambio de sexo y nombre
El Juzgado de Familia y Penal de Niños y Adolescentes de Concepción del Uruguay habilitó por primera vez un cambio de sexo y nombre. Además, autorizó que se modifiquen los datos en los títulos primarios y secundarios, en la cédula federal y en el padrón electoral. Se trata de una persona de 28 años, cuya operación de reasignación de sexo -de hombre a mujer- se haría en La Plata. En tanto, en Paraná deberá tramitar la nueva documentación. “Mi clienta comenzará con los trámites administrativos para que pueda adquirir una coherencia entre su identidad en ejercicio, que es la femenina, y su documentación”, explicó la abogada que patrocinó el pedido ante la Justicia, Alejandra Nuñez. El Juzgado de Familia y Penal de Niños y Adolescentes dio curso favorable a un pedido de reasignación de sexo y de realizar el trámite para cambiar el nombre de pila de una persona de 28 años en Concepción del Uruguay.
“Se trata de una operación de reasignación de sexo -de hombre a mujer-, que se haría en La Plata, Buenos Aires, en tanto que la tramitación de la documentación se deberá efectuar en Paraná, en el registro competente en cuanto a los datos filiatorios de esta persona”, declaró la letrada, Alejandra Núñez.
“Tras librarse los oficios, mi clienta comenzará con los trámites administrativos para que pueda adquirir una coherencia entre su identidad en ejercicio, que es la femenina, y su documentación, pues hasta el momento figura como masculino”, explicó.
Argumentó que “este hecho impide que ella pueda ejercer un sinnúmero de derechos, tales como tener una tarjeta de crédito o sacar un pasaporte, pues, indudablemente, su fisonomía es muy distinta a la que está fijada en los papeles”.
Asimismo, destacó que “hasta hoy, es la primera y única sentencia de este tipo en la provincia de Entre Ríos y en la Mesopotamia, si bien hay algunos pedidos en trámite, pero todavía no se otorgaron, por lo que crea un antecedente muy importante”.
El juez Andrés Torres fue quien la dictó. “Demostró tener un criterio objetivo y muy humano, que le permitirá a mi clienta gozar de derechos que, hasta ahora, se les tenían vedados”, señaló la abogada.
La sentencia, que quedó firme en primera instancia, habilita también a que se modifiquen los datos en los títulos primarios y secundarios, en la cédula federal y en el padrón electoral.
Fuente: Análisis Digital
Derecho a la Identidad de Género: La Justicia entrerriana autorizó por primera vez un cambio de sexo y nombre a una persona de Concepción del Uruguay
Alejandra Beatriz Núñez, abogada que patrocinó el pedido ante la Justicia, habló con LT14 sobre el caso. Informó que la sentencia habilita también a que se modifiquen los datos en los títulos primarios y secundarios, en la cédula federal y en el padrón electoral. Dijo que se trata de "un precedente muy importante". Además, la letrada se refirió al Derecho a la Identidad de Género y explicó qué es ser transexual.
El Juzgado de Familia y Penal de Niños y Adolescentes de Concepción del Uruguay dio curso favorable a un pedido de reasignación de sexo y de realizar el trámite administrativo para cambiar el nombre de una persona de 28 años oriunda de esa ciudad. La causa comenzó a tramitarse en febrero de 2010 y días atrás salió, en primera instancia, la sentencia que autorizó dicha operación así como también la autorización para hacer todos los trámites necesarios para cambiar el nombre. "Fue un expediente récord", dijo la abogada tras considerar que se trata de un precedente "muy importante".
Además, Núñez explicó que tras la autorización de la Justicia entrerriana, el próximo paso es la operación, que es un trámite personal y "ella quiere operarse en la ciudad de La Plata", acotó. La letrada también se refirió al Derecho a la Identidad de Género y explicó qué es ser transexual.
Fuente: LT14
“La identidad sexual es uno de los aspectos más importantes de la identidad personal pues se halla presente en todas las manifestaciones de la personalidad del sujeto. El derecho a la identidad, al que definen como el derecho a ser uno mismo y no otro, lo que se ha denominado “la mismidad de cada ser humano, absolutamente equiparable a la libertad ó a la vida”, se fue perfilando con caracteres autónomos, dentro de los derechos personalísimos…” Claudio Marcelo Kiper – Derechos de las minorías ante la Discriminación.
La causa se tramitaba desde hace poco más de un año y días atrás salió, en primera instancia, la sentencia que autorizó dicha operación así como también la autorización para hacer todos los trámites necesarios para cambiar el nombre, informó La calle online.
Primera y única sentencia en Entre Ríos y la Mesopotamia
“Se trata de una operación de reasignación de sexo -de hombre a mujer-, que se haría en La Plata, Buenos Aires, en tanto que la tramitación de la documentación se deberá efectuar en Paraná, en el registro competente en cuanto a los datos filiatorios de esta persona”, declaró la letrada, Alejandra Núñez.
“Tras librarse los oficios, mi clienta comenzará con los trámites administrativos para que pueda adquirir una coherencia entre su identidad en ejercicio, que es la femenina, y su documentación, pues hasta el momento figura como masculino”, explicó.
Argumentó que “este hecho impide que ella pueda ejercer un sinnúmero de derechos, tales como tener una tarjeta de crédito o sacar un pasaporte, pues, indudablemente, su fisonomía es muy distinta a la que está fijada en los papeles”.
Asimismo, destacó que “hasta hoy, es la primera y única sentencia de este tipo en la provincia de Entre Ríos y en la Mesopotamia, si bien hay algunos pedidos en trámite, pero todavía no se otorgaron, por lo que crea un antecedente muy importante”.
El juez Andrés Torres fue quien la dictó. “Demostró tener un criterio objetivo y muy humano, que le permitirá a mi clienta gozar de derechos que, hasta ahora, se les tenían vedados”, señaló la abogada.
La sentencia, que quedó firme en primera instancia, habilita también a que se modifiquen los datos en los títulos primarios y secundarios, en la cédula federal y en el padrón electoral.
Fuente: Análisis Digital
Derecho a la Identidad de Género: La Justicia entrerriana autorizó por primera vez un cambio de sexo y nombre a una persona de Concepción del Uruguay
Alejandra Beatriz Núñez, abogada que patrocinó el pedido ante la Justicia, habló con LT14 sobre el caso. Informó que la sentencia habilita también a que se modifiquen los datos en los títulos primarios y secundarios, en la cédula federal y en el padrón electoral. Dijo que se trata de "un precedente muy importante". Además, la letrada se refirió al Derecho a la Identidad de Género y explicó qué es ser transexual.
El Juzgado de Familia y Penal de Niños y Adolescentes de Concepción del Uruguay dio curso favorable a un pedido de reasignación de sexo y de realizar el trámite administrativo para cambiar el nombre de una persona de 28 años oriunda de esa ciudad. La causa comenzó a tramitarse en febrero de 2010 y días atrás salió, en primera instancia, la sentencia que autorizó dicha operación así como también la autorización para hacer todos los trámites necesarios para cambiar el nombre. "Fue un expediente récord", dijo la abogada tras considerar que se trata de un precedente "muy importante".
Además, Núñez explicó que tras la autorización de la Justicia entrerriana, el próximo paso es la operación, que es un trámite personal y "ella quiere operarse en la ciudad de La Plata", acotó. La letrada también se refirió al Derecho a la Identidad de Género y explicó qué es ser transexual.
Fuente: LT14
“La identidad sexual es uno de los aspectos más importantes de la identidad personal pues se halla presente en todas las manifestaciones de la personalidad del sujeto. El derecho a la identidad, al que definen como el derecho a ser uno mismo y no otro, lo que se ha denominado “la mismidad de cada ser humano, absolutamente equiparable a la libertad ó a la vida”, se fue perfilando con caracteres autónomos, dentro de los derechos personalísimos…” Claudio Marcelo Kiper – Derechos de las minorías ante la Discriminación.
Cuba: Espaldarazo al debate a favor de la diversidad
Por Dixie Edith
(semcuba@ceniai.inf.cu)
La Habana, (SEMlac).- La votación de Cuba en Naciones Unidas a favor de la Declaración contra actos de violencia y violaciones de derechos humanos motivados por orientación sexual e identidad de género, apoya el reciente debate nacional sobre los temas vinculados a la diversidad sexual, a juicio de activistas de la comunidad LGBT.
La isla se posicionó entre los 84 países que firmaron la citada declaración en el Consejo de Derechos Humanos (CDH) de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), según trascendió de fuentes cercanas al Ministerio de Relaciones Exteriores.
La declaración conjunta, presentada por Colombia, llama a los Estados a tomar medidas "a fin de acabar" con los actos de violencia, las sanciones penales y las violaciones de derechos humanos por razones de orientación sexual o identidad de género.
La "clara adhesión (de la isla) es, además, un espaldarazo a solicitudes previas de organizaciones de la sociedad civil y de miembros de la comunidad LGTB para que Cuba se uniera a esta nueva iniciativa", apuntó el periodista y activista gay Francisco Rodríguez Cruz, jefe de información del semanario Trabajadores.
El sitio web del Centro Nacional de Educación Sexual (Cenesex) y otros blogs de integrantes de HxD, Hombres por la Diversidad, "un grupo de acción y reflexión por el derecho a la libre identidad sexual", como K1000G Mi Cuba...y más, de la autoría de Camilo García, también celebraron la postura cubana.
Rodríguez Cruz, desde su bitácora Paquito el de Cuba, había solicitado, pocas semanas atrás, el apoyo de Cuba a la declaración en una carta abierta al Canciller de la isla, Bruno Rodríguez Parrilla.
Si la posición de Cuba es de apoyo a la declaración, contribuirá "al afianzamiento de esta posición de principios, para que no sea un punto de futuras discrepancias con nuestros aliados o motivos de expectativas en una negociación diplomática", dijo entonces a SEMlac.
Las Redes Sociales por la Diversidad Sexual del Cenesex y la Sección de Diversidad Sexual de la Sociedad Cubana Multidisciplinaria para el Estudio de la Sexualidad (Socumes) también habían pedido a La Habana, el pasado 7 de marzo, un voto positivo en el Consejo de Derechos Humanos de la ONU.
En opinión de Rodríguez Cruz, el respaldo a la declaración es "congruente" con el apoyo a la Declaración Conjunta de la Asamblea General del 18 de diciembre de 2008, así como con el reciente voto en la Asamblea General a favor de la Resolución que condena las ejecuciones arbitrarias y extrajudiciales en diciembre de 2010.
El texto aprobado en la CDH busca establecer un diálogo respetuoso para encontrar una base común en donde todos reconozcan que ninguna persona debe padecer estigmatización, violencia o maltrato por ningún motivo, sobre la base de los principios de los derechos humanos de universalidad y no discriminación.
Igualmente, expresa preocupación por las denuncias ante los continuos actos de violencia por esta naturaleza y hace un llamado a los Estados para que tomen medidas para acabar con ellos.
Aunque la declaración no pudo ser presentada en formato de resolución vinculante, este paso se considera de gran valor para el abordaje del tema a nivel internacional, al haber logrado el mayor número de países firmantes para una declaración de este tipo en un órgano de Naciones Unidas.
La posición de Cuba da continuidad, además, a la postura planteada en un comunicado de la Misión Permanente ante las Naciones Unidas, el 6 de diciembre de 2010, donde "reitera su posición de rechazo a las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias, cualesquiera que sea su motivación, incluyendo aquellas cometidas por motivos de orientación sexual."
Además de ser justo y acertado, "humana y políticamente", contribuye a "fortalecer la lucha contra la discriminación y la homofobia, y en aras del respeto a la libre orientación sexual e identidad de género, como un derecho de las cubanas y los cubanos", según Rodríguez Cruz.
(semcuba@ceniai.inf.cu)
La Habana, (SEMlac).- La votación de Cuba en Naciones Unidas a favor de la Declaración contra actos de violencia y violaciones de derechos humanos motivados por orientación sexual e identidad de género, apoya el reciente debate nacional sobre los temas vinculados a la diversidad sexual, a juicio de activistas de la comunidad LGBT.
La isla se posicionó entre los 84 países que firmaron la citada declaración en el Consejo de Derechos Humanos (CDH) de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), según trascendió de fuentes cercanas al Ministerio de Relaciones Exteriores.
La declaración conjunta, presentada por Colombia, llama a los Estados a tomar medidas "a fin de acabar" con los actos de violencia, las sanciones penales y las violaciones de derechos humanos por razones de orientación sexual o identidad de género.
La "clara adhesión (de la isla) es, además, un espaldarazo a solicitudes previas de organizaciones de la sociedad civil y de miembros de la comunidad LGTB para que Cuba se uniera a esta nueva iniciativa", apuntó el periodista y activista gay Francisco Rodríguez Cruz, jefe de información del semanario Trabajadores.
El sitio web del Centro Nacional de Educación Sexual (Cenesex) y otros blogs de integrantes de HxD, Hombres por la Diversidad, "un grupo de acción y reflexión por el derecho a la libre identidad sexual", como K1000G Mi Cuba...y más, de la autoría de Camilo García, también celebraron la postura cubana.
Rodríguez Cruz, desde su bitácora Paquito el de Cuba, había solicitado, pocas semanas atrás, el apoyo de Cuba a la declaración en una carta abierta al Canciller de la isla, Bruno Rodríguez Parrilla.
Si la posición de Cuba es de apoyo a la declaración, contribuirá "al afianzamiento de esta posición de principios, para que no sea un punto de futuras discrepancias con nuestros aliados o motivos de expectativas en una negociación diplomática", dijo entonces a SEMlac.
Las Redes Sociales por la Diversidad Sexual del Cenesex y la Sección de Diversidad Sexual de la Sociedad Cubana Multidisciplinaria para el Estudio de la Sexualidad (Socumes) también habían pedido a La Habana, el pasado 7 de marzo, un voto positivo en el Consejo de Derechos Humanos de la ONU.
En opinión de Rodríguez Cruz, el respaldo a la declaración es "congruente" con el apoyo a la Declaración Conjunta de la Asamblea General del 18 de diciembre de 2008, así como con el reciente voto en la Asamblea General a favor de la Resolución que condena las ejecuciones arbitrarias y extrajudiciales en diciembre de 2010.
El texto aprobado en la CDH busca establecer un diálogo respetuoso para encontrar una base común en donde todos reconozcan que ninguna persona debe padecer estigmatización, violencia o maltrato por ningún motivo, sobre la base de los principios de los derechos humanos de universalidad y no discriminación.
Igualmente, expresa preocupación por las denuncias ante los continuos actos de violencia por esta naturaleza y hace un llamado a los Estados para que tomen medidas para acabar con ellos.
Aunque la declaración no pudo ser presentada en formato de resolución vinculante, este paso se considera de gran valor para el abordaje del tema a nivel internacional, al haber logrado el mayor número de países firmantes para una declaración de este tipo en un órgano de Naciones Unidas.
La posición de Cuba da continuidad, además, a la postura planteada en un comunicado de la Misión Permanente ante las Naciones Unidas, el 6 de diciembre de 2010, donde "reitera su posición de rechazo a las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias, cualesquiera que sea su motivación, incluyendo aquellas cometidas por motivos de orientación sexual."
Además de ser justo y acertado, "humana y políticamente", contribuye a "fortalecer la lucha contra la discriminación y la homofobia, y en aras del respeto a la libre orientación sexual e identidad de género, como un derecho de las cubanas y los cubanos", según Rodríguez Cruz.
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